Nuevas reglas para el Banco Central y el falso dilema entre estabilidad y crecimiento
La Carta Orgánica que rige el funcionamiento del BCRA data de 2012. Contenía múltiples objetivos —expresiones de deseo—, pero ninguno se cumplió, ya que desde entonces la Argentina entró en estanflación. Lo ocurrido desde 2012 ayuda a evitar falsos dilemas: no es cierto que, en el mediano y largo plazo, sea necesario sacrificar crecimiento en aras de la estabilidad.
Un banco central creíble y autónomo, aunque tenga un solo objetivo, puede hacer una formidable contribución al crecimiento si logra que las tasas de interés de largo plazo pasen a ser de un dígito anual en pesos. Para alcanzar ese objetivo, la estabilidad es una condición necesaria.
El proyecto oficial de Carta Orgánica ingresado al Congreso constituye el abandono formal de la idea de la dolarización o del cierre del Banco Central. Sin embargo, debería considerarse la propuesta de Domingo Cavallo de institucionalizar el bimonetarismo a través de una cláusula que otorgue curso legal al dólar, con propiedades similares a las del peso.
Si el proyecto se aprueba, hará falta una hoja de ruta explícita del nuevo directorio sobre los pasos a seguir. Será compleja la transición desde el actual régimen de control de agregados monetarios, tipo de cambio administrado y elevados encajes bancarios hacia un régimen de metas de inflación, con la tasa de interés como instrumento, flotación cambiaria con competencia de monedas e incentivos para que el crédito fluya al sector privado.
Formalizar una economía bimonetaria no significa decretar la predominancia del dólar. En Perú, durante las últimas décadas, el crédito en moneda local ha sido mucho más dinámico que el crédito en dólares.
El proyecto presentado incluye mecanismos que se suponen de transición, con marcados grados de discrecionalidad en materia de tipo de cambio y de operaciones de deuda pública en el mercado secundario. Su paso por el Congreso debería servir para calibrar el alcance de estas cláusulas y el espíritu con el que fueron introducidas.
Es difícil que el impacto positivo de la reforma de la CO sobre las expectativas se produzca a través de un shock. Se trata más bien de un sendero que se habrá de consolidar a través de su instrumentación
Proyecto de Carta Orgánica del BCRA: comparación con el modelo peruano
| Eje | Carta peruana | Proyecto argentino |
|---|---|---|
| Independencia de la entidad y funcionamiento del Directorio | Exige una mayoría calculada sobre el número legal total y establece un procedimiento de defensa expresamente regulado. |
Exige la concurrencia de dos cámaras y define con mayor precisión la falta grave. También protege con mucha fuerza a los directores frente a una remoción motivada por desacuerdos de política monetaria. En cambio, deja sin corregir los nombramientos en comisión. |
| Financiamiento del sector público | Prohíbe financiar al Tesoro, pero admite una excepción explícita y acotada: el Banco puede comprar títulos públicos en el mercado secundario. |
Es más duro con el financiamiento directo. Deroga los adelantos transitorios al Gobierno, prohíbe préstamos a la Nación, provincias, Ciudad de Buenos Aires y municipios, e incorpora una prohibición expresa de comprar títulos nacionales en el mercado primario. También elimina otros mecanismos de asistencia indirecta vinculados con créditos garantizados por el Estado. |
| Compra de títulos públicos en el mercado secundario |
El incremento anual de esas tenencias, valuadas al precio de adquisición, no puede superar el 5% de la base monetaria al cierre del año anterior. El límite no se aplica al stock total y, por lo tanto, permite acumular títulos a lo largo del tiempo; aun así, obliga a que la expansión anual sea gradual y mensurable. |
El BCRA conservaría la facultad de operar con títulos públicos en el mercado secundario. Se permiten operaciones con títulos públicos, divisas y otros activos financieros con fines monetarios, cambiarios, financieros y crediticios, a precios de mercado o mediante métodos de valuación equivalentes. A diferencia de Perú, no establece un porcentaje máximo sobre la base monetaria, sobre el stock de activos ni sobre las compras anuales. |
| Instrumentos monetarios |
Los enumera con bastante precisión. El Banco puede emitir títulos propios, comprar valores negociables de primera calidad emitidos por terceros, otorgar créditos breves y garantizados a entidades financieras, recibir depósitos y fijar encajes. Perú habla de títulos propios y de valores privados “de primera calidad”, con exclusión de acciones. |
La Carta argentina también permite que el BCRA emita títulos o bonos propios. La reforma no elimina jurídicamente la posibilidad de crear un instrumento equivalente a las antiguas LEBAC, aunque la administración decida no utilizarlo. Argentina utiliza la categoría más abierta de “otros activos financieros”. |
| Prestamista de última instancia | Permite créditos a instituciones financieras con fines de regulación monetaria, normalmente por no más de treinta días, con garantías de primera calidad y sin superar el patrimonio efectivo de la entidad asistida. |
Contiene límites semejantes para redescuentos y adelantos por iliquidez transitoria, pero permite superar los máximos individuales cuando sea necesario dar liquidez al sistema o existan circunstancias generales extraordinarias, con decisión de la mayoría absoluta del Directorio. Una ventana útil en caso de corrida sistémica, jerarquizando el factor de gobernanza y transparencia. Ambos modelos rechazan la utilización del banco central como banca de desarrollo. |
| Utilidades del Banco Central | Distribuye normalmente el 25% de las utilidades al Tesoro y destina el 75% a reservas hasta que éstas alcancen el 100% del capital. |
Excluye de las utilidades distribuibles no sólo las ganancias cambiarias y del oro no realizadas, sino también las realizadas. Antes de transferir utilidades al Gobierno, las reservas deben alcanzar al menos el 50% del capital; y el Tesoro sólo puede destinar lo recibido a cancelar deuda pública. Se evita que una devaluación produzca utilidades ficticias transferibles al Tesoro. |
| Adelantos transitorios y letras intransferibles | — |
Mientras existan adelantos transitorios y letras intransferibles del Tesoro en el activo del BCRA, se prevé una especie de cancelación contable de deudas dentro del sector público. El proyecto busca revertir distorsiones introducidas en la Carta Orgánica de 2012, entre ellas los adelantos transitorios y las letras intransferibles. |
| Régimen cambiario | Prohíbe expresamente los tipos de cambio múltiples y los tratamientos discriminatorios en materia cambiaria. |
No incorpora una regla equivalente. El BCRA conservaría sus facultades de reglamentación y fiscalización cambiaria conforme a la legislación del Congreso, subsistiendo margen para la discrecionalidad cambiaria. |
| Relación con el Poder Ejecutivo | — |
Se propone excluir al ministro de Economía de las reuniones del Directorio, donde hoy puede participar con voz y sin voto. Eso refuerza la separación formal. |
| Síntesis | Define un objetivo monetario, enumera instrumentos, limita expresamente las compras secundarias de deuda pública, restringe el crédito dirigido, regula los activos de reserva, separa las revaluaciones y obliga al Tesoro a recapitalizar al Banco cuando las pérdidas consumen su patrimonio. |
Se aboca a revertir una serie de distorsiones introducidas en la Carta Orgánica de 2012: adelantos transitorios, letras intransferibles, utilización de reservas, ganancias cambiarias distribuidas y políticas de crédito sectorial. También protege con mucha fuerza a los directores frente a una remoción motivada por desacuerdos de política monetaria. Pero deja sin límite cuantitativo las compras de títulos públicos en el mercado secundario, emplea categorías amplias para los activos y operaciones autorizados y no prohíbe los tipos de cambio múltiples. La propuesta oficial concentra sus prohibiciones en los mecanismos fiscales que más daño produjeron, pero confía más en la discreción futura del Directorio para el resto. |

Jorge Vasconcelos
Coordinador General de Revista Novedades.


