El acuerdo de Comercio Recíproco e Inversión (ARTI) con Estados Unidos y sus efectos en las regiones argentinas
Estados Unidos actualmente constituye el tercer socio comercial de nuestro país (sólo superado por Brasil y China), con exportaciones argentinas a este destino que superaron los 8.300 millones de dólares durante 2025 (con un crecimiento anual del 29% y un superávit comercial de 1.600 millones de dólares). En este marco, y teniendo en cuenta tanto el Pacto de Mayo firmado en 2024 entre el presidente de Argentina y 19 gobernadores (que en su artículo décimo se establece el objetivo de apertura al comercio internacional) como el acuerdo marco realizado a fines de 2025, Estados Unidos y Argentina firmaron un Acuerdo de Comercio Recíproco e Inversión (ARTI) el pasado mes de febrero.
Este acuerdo, en sus distintas secciones, establece principalmente las siguientes medidas:
Desgravación Arancelaria y Acceso a Mercados: Esta es la columna vertebral del acuerdo, donde se definen las listas de productos que pierden sus barreras fronterizas. Argentina logra el arancel cero para una lista de 1.675 posiciones arancelarias (descriptas en el Anexo 2ª del acuerdo), con beneficios claros para productos manufacturados y agroindustriales en el mercado estadounidense. A su vez, Argentina otorga arancel cero para 221 productos de Estados Unidos (Anexo 1), principalmente maquinaria, bienes de capital y autopartes. Esto implica beneficios para los sectores exportadores argentinos pero también una presión competitiva directa sobre la industria local en los sectores liberados, que deberán acelerar su reconversión para no perder cuota de mercado interno.
Cuotas y Contingentes Arancelarios: Se establecen volúmenes específicos de importación con trato preferencial para productos sensibles. El beneficio más destacado para nuestro país es la expansión del cupo de carne vacuna, que se quintuplicó de 20.000 a 100.000 toneladas anuales. Como contraparte, nuestro país facilita la entrada de productos de los sectores avícola y porcino de EE. UU., mediante la eliminación de licencias no automáticas, lo que también representa un desafío para los productores locales de estos sectores.
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF): Esta sección busca armonizar los estándares de inocuidad alimentaria y sanidad animal/vegetal reduciendo la discrecionalidad en las fronteras. Al alinear los controles con estándares internacionales, se evitarían bloqueos “encubiertos” que históricamente han frenado exportaciones argentinas de frutas y carnes. A su vez, obliga a Argentina a realizar inversiones significativas en infraestructura de control y laboratorios (SENASA) para cumplir con las exigencias de certificación mutua.
Propiedad Intelectual y Patentes: EL ARTI establece marcos de protección para la innovación, derechos de autor y patentes industriales (a través del requisito para Argentina de la ratificación de varios tratados internacionales de la materia), lo cual fomentaría la llegada de Inversión Extranjera Directa (IED) en sectores de alta tecnología, biotecnología y software, al ofrecer un entorno legal seguro para las empresas estadounidenses que deseen radicar centros de I+D en el país (aunque como contrapartida esto también podría encarecer en el corto plazo el acceso a ciertos insumos tecnológicos y medicamentos genéricos, al endurecer los plazos y condiciones de observancia de patentes).
Inversiones y Solución de Controversias: Esta sección define las reglas para la protección de capitales y los mecanismos para resolver conflictos entre inversores y el Estado. Reduce el “riesgo país” percibido por los inversores norteamericanos, facilitando el financiamiento de proyectos de infraestructura de largo plazo, especialmente en energía y minería.
Estándares Laborales y Medioambientales: Incluye compromisos sobre derechos laborales y la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzado. Si bien esto eleva los estándares de calidad y ética de la producción nacional, también representa un desafío de cumplimiento para pequeñas y medianas empresas (pymes) que podrían tener dificultades para certificar procesos bajo normativas internacionales más estrictas, arriesgándose a quedar excluidas del beneficio comercial.
Si bien el acuerdo es extenso y en base a las disposiciones antes mencionadas tendrá efectos en varias dimensiones, surge la pregunta de cuáles serán las regiones y sectores de nuestro país beneficiados por todas estas medidas. Para comenzar a responder esta pregunta, podemos centrarnos especialmente en los canales de reducción de aranceles, facilitación/eliminación de barreras para arancelarias y radicación potencial de inversiones.
En este sentido, en la Región NOA (Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero) el principal impacto del ARTI se concentra fundamentalmente en la Minería y Metales (litio y cobre) y en el sector energético (energía solar), tanto a través del canal arancelario como de fomento de inversiones. Los minerales críticos son priorizados en lo que se refiere a las inversiones que se buscarán incentivar con el acuerdo. En paralelo, Alimentos y Productos agroindustriales, como el limón de Tucumán, se verán beneficiados por la reducción de los aranceles.
En las provincias de la Región NEA (Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa), el acuerdo impacta principalmente sobre la agroindustria y el sector forestal. Aquí el impacto predominante está dado por el canal arancelario: productos como madera, carnes bovinas y té podrán ingresar al mercado americano con aranceles menores o la eliminación total de los mismos.
La Región Centro (Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos) es la más diversificada en términos de su matriz productiva, y tiene una gran variedad de sectores que se verán beneficiados por el acuerdo. Por ejemplo, en carne vacuna con la ampliación progresiva de la cuota de exportación hacia Estados Unidos. Por otra parte, el acuerdo elimina aranceles sobre equipamiento electrónico estratégico y garantiza que Argentina no podrá aplicar impuestos discriminatorios sobre servicios digitales estadounidenses. Esta mayor previsibilidad tributaria y normativa favorece la expansión de empresas tecnológicas radicadas en Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe.
En las provincias de la Región de Cuyo (Mendoza, San Juan y San Luis) el impacto del acuerdo se concentra principalmente en la minería metalífera y en determinados productos agroindustriales. Por el canal arancelario, los minerales críticos (como el cobre en San Juan), ciertos productos industriales y el vino acceden con arancel cero al mercado estadounidense. Asimismo, en minería y energía opera el canal de inversiones previsto, que establece un marco de facilitación para inversiones estadounidenses en minerales críticos y recursos energéticos.
Finalmente, en la Región Patagonia (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego), el canal dominante es el de inversiones estratégicas, dado que el acuerdo promueve cooperación y financiamiento en energía e infraestructura vinculada a recursos críticos. También opera el canal arancelario en combustibles minerales y productos pesqueros. Adicionalmente, sectores como la lana y otros productos primarios regionales también se beneficiarán por la desgravación arancelaria. Adicionalmente las inversiones estratégicas impactarían también en el sector de Electrónica y servicios digitales brindando facilidades para inversiones en proyectos vinculados a infraestructura digital (como centros de datos).
Sin embargo, este horizonte de previsibilidad y beneficios regionales se vio alterado el 20 de febrero de 2026 cuando, a partir de un fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, la administración Trump reconfiguró su estrategia de aranceles mediante la activación de la “Sección 122″ de la Ley de Comercio (de 1974) y la imposición de aranceles globales del 15% durante un período máximo de 150 días (o hasta que sean tratados por el congreso de Estados Unidos). Esta medida implica la aplicación de aranceles a todos los países (incluyendo a Argentina) y a todos los productos (con la única excepción de los productos considerados “estratégicos”).
A partir de allí surge inmediatamente la pregunta acerca de ¿cómo modifica esto lo firmado en el ARTI? En primer lugar, la sección 122 es de aplicación temporal, lo cual significa que luego del período máximo de 150 días estos aranceles deben ser removidos o modificados por el congreso estadounidense, con lo cual el acuerdo de Comercio Recíproco e Inversión (ARTI) tendrá plena vigencia a partir de ese momento (si en nuestro país se ratifica en el Congreso).
Por otra parte, existe una lista de productos “estratégicos” que están excluidos de la decisión del gobierno estadounidense en el marco de la Sección 122 y a su vez fueron incluidos en el ARTI. Dentro de este grupo de productos encontramos a “Minerales Críticos (Litio, cobalto y tierras raras)”, “Energía y Combustibles”, “Insumos Médicos y Farmacéuticos” y “Tecnología y Electrónica”.
Finalmente, entre los productos que son beneficiados por el ARTI pero se encuentran alcanzados por las nuevos aranceles vigentes por 150 días se destacan “Madera y manufacturas forestales”, “Vinos”, “Miel y Aceites Vegetales” y “Limones y Cítricos dulces”.
En síntesis, el acuerdo con Estados Unidos abre oportunidades para todas las regiones del país (aún a pesar de las medidas temporales recientemente anunciadas) ya que existen beneficios potenciales muy claros principalmente a través de los canales de liberación comercial y de facilitación de la inversión, aunque el aprovechamiento será mayor cuanto más se acelere el proceso de modernización y reconversión de la producción local (especialmente en aquellos sectores donde se reducirán los aranceles de nuestro país), se faciliten los procesos de exportación y se reduzcan los costos logísticos para insertarse en la economía mundial de forma competitiva.

Gerardo Alonso Schwarz
Economista Jefe del IERAL NEA


